Con la llegada de la nueva ley hipotecaria las comisiones que todos conocíamos han experimentado cambios importantes. Esto nos obliga a estar informados al respecto para tomar mejores decisiones en valor a nuestras necesidades e intereses. Si quieres conocer más datos al respecto, ¡hemos venido a tu rescate!
Al calcular el coste de una hipoteca, debemos asumir que hay numerosos factores implicados como la tasación, la situación del mercado, las expectativas de venta y compra de los actores, impuestos y comisiones, etc. Y es justamente en este último factor mencionado, el de las comisiones, donde vamos a poner nuestro foco en el día de hoy, ya que con la aparición de la nueva ley hipotecaria, se han introducido modificaciones en ellas.

1. La comisión de apertura
Ahora, ésta es la única comisión que está obligado a afrontar el cliente, al formalizar el préstamo hipotecario.
Años atrás, antes de esta ley que acaba de impulsarse, también existían otras comisiones reservadas al estudio del perfil del solicitante, así como de su solvencia. Existían también los cargos de gestión en forma de porcentaje, que el banco cobraba a los clientes por formalizar el préstamo y que se pagaban en el momento de la concesión. Por lo tanto, como puedes ver, con la actual ley hipotecaria, todos los gastos se deben unir en una única comisión de apertura y el banco deberá informar con antelación la cantidad a la que asciende dicha comisión.
2. Comisión de amortización anticipada, cambian las cifras
En ocasiones se amortiza parte de la deuda antes de que se dé por finalizado el plazo de amortización acordado por ambas partes, fenómeno que supone un ahorro de intereses, así como también conlleva una comisión. En el fondo, este gasto podríamos entenderlo mejor figurándonos que es un especie de penalización, ya que supone un cambio en el contrato hipotecario. El cliente, que en un principio firmó un capital y un prorrateo para su devolución, si amortiza el capital más rápido, verá como la entidad bancaria le cobrará un pequeño porcentaje, en concepto de comisión por amortización.
No obstante, ahora, con la nueva ley hipotecaria, esta comisión se ha visto reducida. Por ejemplo, tal y como sostiene el portal oficial de Bankinter, las hipotecas variables, han experimentado cambios en la comisión por amortización anticipada, según el momento en que se amortice la deuda:
“Si esta amortización se produce en los tres primeros años de haber contraído la deuda, la comisión puede suponer hasta un 0,25% de ella. Si se produce en los cinco primeros años, la comisión desciende al 15% del capital que se reembolsa”, sostiene el portal, “en las hipotecas a tipo fijo, la comisión es diferente. Si la amortización se realiza durante los 10 primeros años, la comisión máxima será de un 2% de lo reembolsado y, pasado esos 10 años, la comisión de amortización desciende a un máximo de un 1,5%”.
Lo cierto es que esta comisión aparece en la información inicial de tu préstamo hipotecario. En ésta aparece el porcentaje exacto que el banco podrá cobrar por la amortización y puede variar mucho según el banco y el producto en concreto.
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