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contrato de arras

¿Qué datos no deben faltar en un contrato de arras?

Cuando vendemos un piso lo habitual es firmar un contrato de arras, un documento que no es obligatorio pero sí recomendable. ¿Por qué? Porque tiene validez legal y recoge todas las condiciones de la venta. De este modo, ambas partes interesadas se protegen ante un posible incumplimiento. Hoy, desde Me Inmobiliaria te explicamos con detalle en qué consiste este contrato y que información debe estar siempre presente en él 

Al tratarse de un documento de tipología privada, sus participantes son libres para incluir todas aquellas cláusulas que consideren convenientes. Pero lo que se presenta como una ventaja, puede dejar de serlo si no tenemos en cuenta todos aquellos puntos que debemos inscribir en él. 

1. Información básica

En este contraro deben figurar datos fundamentales sobre la vivienda o las condiciones de la venta, es decir, la identidad y DNI (si el piso esta a nombre de varias personas, deben estar incluidos los datos de todos) o CIF de ambos, la ubicación, o características importantes a tener en cuenta sobre el inmueble, así como el precio de la propiedad y la cantidad entregada a modo de señal, que suele ser del 10% del precio de ésta. 

2. Descripción de la vivienda

Se deberán detallar de forma descriptiva todos los parámetros del espacio del inmueble: número de estancias y cómo están equipadas, dimensiones, si cuenta con alguna terraza o balcón, garaje, trastero o algún elemento adicional a tener en cuenta, etc.

3. Datos sobre los plazos acordados por las partes

Cualquier profesional del sector sabe que se tiene que limitar un plazo máximo para firmar la escritura en la notaría. Así, se dibujan pautas de nuestra hoja de ruta de un modo firme e inequívoco, que no dé lugar a dudas ante incumplimientos.

4. Deben aparecer explicitadas las penalizaciones por incumplimiento

Estas consecuencias indicadas por contrato, nos ayudarán a cubrirnos las espaldas, en el caso de que el comprador se eche para atrás. Las penalizaciones deben estar redactadas con concisión y claridad, para evitar posibles ambigüedades que posteriormente puedan ir en nuestra contra. 

5. ¿Qué tipo de contrato tenemos delante?

Indiquemos qué tipo de documento estamos firmando con el objeto de tener garantías en una posible jurisprudencia de libre interpretación. De este modo, seremos resarcidos en el hipotético caso de incumplimiento y favorecemos que el juez sepa qué asignación tendrá que ejecutar. 

Asimismo, José Antonio Ferrer, abogado especialista en derecho inmobiliario, nos indica en el portal Conceptos Jurídicos, que el Tribunal Supremo admite 3 tipos de arras según cuál sea el objetivo del acuerdo.

  • Arras confirmatorias
  • Arras penales
  • Arras penitenciales

Elegiremos una clase u otra en función de nuestra finalidad, ya que cada tipo de arras tendrá diferentes consecuencias jurídicas.

De este modo, es de vital importancia que en el contrato de arras se especifique su tipología, ya que, en caso de no manifestarse, se considerarán como arras confirmatorias.

6. Últimos detalles

Hay que tener en cuenta ciertos gastos que pertenecen por naturaleza a alguna de las pertes en concreto como la plusvalía municipal, según qué impuestos o tasaciones, gastos de notaría etc. No obstante, algunos son negociables y podéis llegar a un pacto en función de vuestros intereses y necesidades.

Es posible que aún tengas muchas dudas en materia de legalidad inmobiliaria como cuáles son las comisiones más comunes en una hipoteca  ¡o incluso, que busques inspiración en decoración de interiores para presentar tus inmuebles de la manera más atractiva posible! 

En el portal de Me Inmobiliaria podrás consultar mi blog con toda la actualidad del sector y todos aquellos posts del mercado inmobiliario que te interesan. ¡No dudes en consultarlo! 

También te recomiendo que, tanto si buscas vender o alquilar tu piso, como si quieres comprarlo, tengo también una buena noticia para ti: En Me Inmobiliaria dispone de una amplia oferta con propiedades distribuidas por Gran Canarias. ¿Te gusta lo que estás leyendo y te gustaría hablar conmigo sin compromiso alguno? No dudes en consultarme mediante nuestro formulario web.  Para avanzar, me comprometo desde el inicio de nuestro primer contacto y, una vez lo hemos hecho, ¡llegan los resultados!

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